La aportación de datos no solicitados por parte de Vodafone, supone una vulneración clara de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
A finales del año pasado, el Juzgado de Instrucción de Vilafranca del Penedés admitía a trámite una querella contra Vodafone España por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos en relación a la difusión de miles de datos sobre comunicaciones de clientes. La querella fue presentada por una empresa de telefonía y telecomunicaciones de la misma localidad, alegando una indemnización por pérdida de clientela, derivada del contrato como agencia de Vodafone. Para fundamentarla, solicitó a Vodafone la aportación de las facturas emitidas a sus clientes particulares.
Vodafone con la finalidad de impedir la cuantificación de los daños y buscando una resolución judicial favorable a sus intereses, aportó más de 720.000 datos informáticos correspondientes a una multitud de empresas y organismos que nada tenían que ver con el litigio. Según la querella estos datos eran absolutamente innecesarios y confidenciales y pone en evidencia la clara vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
Esta enorme aportación de datos, que afecta a clientes, no sólo de Cataluña, sino de toda España, e incluso a altos organismos públicos, supone una vulneración de la LOPD, correspondiente al artículo 10 de la LOPD, que establece una sanción de hasta 600.000 € y al delito de revelación de secretos tipificado en el artículo 197, 2º del Código Penal. El escrito de querella concluye que la operadora “carecía de autorización para difundir, en un proceso judicial ajeno a ello, la duración y coste de las llamadas telefónicas”.
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