De las 5.000 consultas registradas en la AEPD, más del 51% de ellas corresponden al derecho de cancelación de datos de los usuarios.
El análisis de la actividad anual de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) pone de manifiesto que ciudadanos y organizaciones son cada vez más conscientes de las garantías que pueden exigir. Así lo demuestran los datos recogidos en su Memoria anual 2013, año en el que se atendieron más de 100.000 consultas a la ciudadanía, siendo la más frecuente, con casi 5.000 consultas, el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO).
En la distribución de consultas sobre el ejercicio de derechos, los ciudadanos plantean cada vez con mayor frecuencia cuestiones sobre el derecho de cancelación, en un 51,5% de los casos, lo cual revela una creciente preocupación por conseguir que quienes tratan ilegítimamente su información personal dejen de hacerlo. Esta inquietud sobre el cese en el tratamiento de sus datos personales se ha visto complementada con un interés creciente sobre las opciones que les permiten reaccionar frente a la difusión universal y permanente de su información personal por parte de los motores de búsqueda de internet, ejercitando el denominado “derecho al olvido”, que se ha consolidado como uno de los principales temas de consulta a la AEPD.
La Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999 (LOPD) establece que todo interesado debe ser informado de la existencia del tratamiento de sus datos de carácter personal, la finalidad del mismo y la identidad del responsable del tratamiento. Dar respuesta al ejercicio de los derechos ARCO es un requerimiento más que las empresas están obligadas a llevar a cabo para dar cumplimiento a la normativa LOPD. Estos son:
- Derecho de Acceso: los afectados tienen derecho a conocer los datos personales que son tratados por la empresa.
- Derecho de Rectificación: los afectados tienen derecho a solicitar la rectificación de aquellos datos que consideren incorrectos y/o inexactos.
- Derecho de Cancelación: los afectados podrán solicitar la cancelación de sus datos cuando los mismos no sean necesarios para el mantenimiento de la relación con la empresa.
- Derecho de Oposición: los afectados podrán oponerse al tratamiento de sus datos cuando los mismos no sean necesarios para el mantenimiento de la relación con la empresa.
El art. 44 de la Ley de Protección de Datos establece como infracción grave el hecho de no atender u obstaculizar el ejercicio de los derechos reconocidos por la ley, lo que comportaría una sanción que puede oscilar entre los 40.001€ y los 300.000€.
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