Inscribir los ficheros no equivale a cumplir con la LOPD, cumplir con la normativa de Protección de Datos es algo mucho más complejo que este trámite administrativo.
La inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de Datos es una de las obligaciones básicas que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), en su artículo 26. Este registro es público y su finalidad es dejar constancia de qué tipo de datos personales posee y trata una determinada empresa o entidad, para que cualquier afectado conozca la identidad de la misma y pueda ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Es de obligado cumplimiento para todas aquellas empresas que realicen tratamiento de datos de carácter personal. Estas deben inscribir obligatoriamente en el Registro General de Protección de Datos todos los ficheros que contengan datos de carácter personal cómo: ficheros de pacientes, fichero de clientes, fichero de personal, fichero de videovigilancia, etc.
Aunque se trate de un requerimiento básico en el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, es habitual encontrarse con el convencimiento erróneo de que llevar a cabo esta acción inicial ya supone la adaptación a la Ley. Inscribir los ficheros no equivale a cumplir con la LOPD, cumplir con la normativa de protección de datos es algo mucho más complejo que el trámite administrativo.
Asimismo, cualquier modificación posterior en el contenido de la inscripción de un fichero en el RGPD, deberá comunicarse a la Agencia Española de Protección de Datos, mediante una solicitud de modificación o de supresión de la inscripción, según corresponda. No es suficiente inscribir un fichero y luego olvidarse de ello.
Aunque cada vez son más las empresas que registran sus ficheros, la AEPD recuerda que la no notificación de la existencia de un fichero supondría una infracción leve o grave, tal y como señala el Art. 44 de la LOPD, quedando sujeto al régimen sancionador previsto en esta Ley. En Conversia ayudamos a nuestros clientes a cumplir con los aspectos legales de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, para evitar posible sanciones.
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