La AEPD apoya la propuesta de colocación de videocámaras en los patios y comedores de las escuelas para salvaguardar los intereses de los menores.
Hace unas semanas, la Agencia Española de Protección de Datos publicó un informe en el que se analizaba la colocación de videocámaras en las zonas comunes de los centros escolares, con la finalidad de proteger el interés superior de los menores.
Propuesta de colocación de cámaras para proteger a los menores
Basándose en las modificaciones de la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor, el informe plantea la legitimidad de los centros escolares para captar y tratar las imágenes que estén relacionadas con los menores, ya que están obligados a cuidarlos y protegerlos, y a prevenir cualquier hecho ilegal.
La AEPD se posiciona a favor de la instalación de este sistema ya que considera que puede proporcionar una mayor seguridad.
Los centros que instalen cámaras deberán tener en cuenta las medidas de protección de datos
En este sentido, cabe tener en cuenta que, en el caso de que el centro escolar quiera instalar videocámaras, deberá ceñirse a los siguientes puntos:
- Solamente se podrán grabar y reproducir las imágenes con la finalidad de cumplir con los propósitos establecidos.
- Las imágenes grabadas solo las podrá ver el director del centro o la persona responsable que tenga a su cargo la gestión de los recursos humanos o la persona específicamente designada.
- Las imágenes solo se podrán conservar durante diez días. Pasado este plazo, solo se guardarán las imágenes que puedan perjudicar al menor.
- El centro deberá cumplir con las obligaciones derivadas de la normativa de protección de datos: permitir el ejercicio de los derechos de los interesados, inscribir los ficheros en el Registro General de Protección de Datos y cumplir las medidas de seguridad.
- En todo caso, deberá preservarse el interés superior del menor. Las imágenes tomadas no se podrán utilizar para otros fines (control laboral exclusivo a los trabajadores o seguridad privada).
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