Estamos acostumbrados a que los temas que se debaten en el Congreso de los Diputados y en el Senado generen discrepancias entre los partidos políticos, ya que estos tienen opiniones de lo más diversas. Sin embargo, parece que la tramitación de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos conseguirá un consenso político. Te lo contamos en el siguiente post de Conversia.

Consenso de opiniones entre los grupos políticos

Con el inicio del nuevo curso político empiezan los trámites para desencallar algunos proyectos que se encontraban parados en el ámbito parlamentario. Uno de ellos es el proyecto de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos, que en la actualidad se encuentra en trámite parlamentario y cuyo informe debería estar listo durante este mes de octubre, para dar paso a la siguiente fase de tramitación en la Comisión del Congreso. Así lo manifestó hace un par de semanas el diputado del PSOE, Artemi Rallo.

En declaraciones a la Agencia EFE, Rallo también explicó que, más allá de los aspectos técnicos, el proyecto de ley de Protección de Datos incluye pocos aspectos que puedan generar discrepancia de opiniones entre los grupos parlamentarios, de manera que se prevé conseguir un gran consenso político para la aprobación final de la Ley Orgánica. Esta nueva ley debe adaptar el ordenamiento español al Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.

Algunos de los aspectos que pueden originar mayor discrepancia de opiniones entre los grupos políticos son la edad mínima de los menores para utilizar las redes sociales, las garantías de investigación biomédica más allá de la protección de los datos de las personas o el procedimiento de elección del director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

El Ejecutivo ya aprobó medidas urgentes en materia de protección de datos

A la espera de la aprobación de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos, a finales de julio entró en vigor el Real Decreto – Ley 5/2018, de 27 de julio, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos. Este Real Decreto fue aprobado por el Ejecutivo por vía de urgencia ya que la plena aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el pasado 25 de mayo, implicó que existan disposiciones del derecho español que no son conformes con lo que establece la nueva normativa europea. Además, hay varios artículos del RGPD que remiten al ordenamiento nacional. Estas medidas tienen carácter temporal y solamente estarán vigentes hasta que llegue la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos.

Entre los principales aspectos que se regulan en este Real Decreto – Ley se encuentran:

  • La inspección en materia de protección de datos (capítulo 1).
  • El régimen sancionador en materia de protección de datos (capítulo 2), en el que se determina los sujetos responsables, infracciones y sanciones.
  • Procedimientos en caso de posible vulneración de la normativa de protección de datos (capítulo 3), entre los que se encuentran los procedimientos en relación con las competencias atribuidas a la AEPD.

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