El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) examinará el derecho al olvido después de que un tribunal francés pusiera en cuestión si los motores de búsqueda debían aceptar automáticamente la eliminación de páginas web que contienen información confidencial sobre personas.

Polémica por el derecho al olvido en Francia

La polémica empezó en Francia cuando Google rechazó las solicitudes de eliminación de URL’s que habían formulado cuatro personas. Estos enlaces remitían a información confidencial que incluía detalles de condenas penales de los interesados. Al negárseles la solicitud, los ciudadanos denunciaron el caso a la Comisión Nacional de la Informática y de las Libertades (CNIL), es decir, la autoridad francesa competente en protección de datos. La sorpresa para los denunciantes llegó cuando la CNIL respaldó a Google, ya que según comprende la legislación europea se puede producir el tratamiento de datos sensibles “si los datos personales se tratan con fines periodísticos, artísticos o literarios”.

Los afectados decidieron llevar el caso ante el Consejo de Estado de Francia, la corte suprema administrativa del país, y ha sido este quién ha remitido el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

¿Qué es más importante, protección de datos o interés público?

Ahora deberá ser el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el que dictamine si la eliminación de enlaces que contengan datos personales debe producirse automáticamente ante la solicitud del interesado o, si como estaba ocurriendo hasta el momento, los motores de búsqueda siguen siendo los encargados de establecer qué es o no de interés público.

¿Qué es el derecho al olvido?

El derecho al olvido es aquel derecho que tienen los ciudadanos europeos a solicitar a los motores de búsqueda de internet que supriman de sus resultados enlaces que divulguen información personal relacionada con su persona.

Este derecho se introdujo en el ordenamiento jurídico europeo a raíz de una sentencia que publicó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 13 de mayo de 2014, estableciendo que el tratamiento de datos que realizan los motores de búsqueda también estaba sometido a las normas de protección de datos de la UE y que, por lo tanto, los ciudadanos tienen el derecho a solicitar que los enlaces en los que figuren sus datos personales no se muestren como resultado.

¿Cuántas peticiones de derecho al olvido ha recibido Google?

Desde mayo de 2014, Google ha recibido a nivel europeo 585.835 solicitudes de derecho al olvido que contenían la petición de eliminación de 2.105.508 URLs, de las cuáles se retiraron el 43,2%. En el caso concreto de España, la cifra de solicitudes recibidas ha ascendido a 59.113, con la intención de que se eliminaran 180.547 enlaces. De éstos, Google solamente ha retirado el 38%.

Top 10 de solicitudes de derecho al olvido en países de Europa

Número de solicitudes URLS % URL no retiradas % URL retiradas
1. Francia 129.995 432.870 51,3% 48,7%
2. Alemania   98.266 364.465 52,2% 47,8%
3. Gran Bretaña   70.498 272.570 61% 39%
4. España   59.113 180.547 62% 38%
5. Italia   45.461 158.241 66% 34%
6. Países Bajos   32.778 117.425 53,6% 46,4%
7. Bélgica   15.830   59.228 56,6% 46,4%
8. Polonia   15.721   66.533 58,1% 41,9%
9. Suecia   14.968   57.898 55,5% 45,5%
10. Suiza   13.135   44.635 56,2% 43,8%

Fuente: Google.

¿Cómo eliminar información de Google?

Google dispone de un formulario para solicitar la eliminación de contenido indexado en la Búsqueda de Google en virtud de la ley de protección de datos europea. Según publica la empresa en su web, “en un fallo de mayo de 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió que las personas tienen el derecho a solicitar que se retiren de los motores de búsqueda como Google algunos resultados relacionados con ellas. El tribunal decidió que los motores de búsqueda debían evaluar cada una de dichas solicitudes y que únicamente podrían continuar mostrando los resultados en los casos de interés público”.

Según establece Google en su apartado de preguntas frecuentes, el usuario debe rellenar el formulario y posteriormente recibirá una respuesta automática en la que se confirmará que se ha recibido su solicitud. A partir de este momento se pone en marcha el proceso y personal especializado de la empresa evalúa petición a petición en función de unos criterios internos que cumplen con las directrices del Grupo de Trabajo del Artículo 29. En caso de retirar la URL, ésta se elimina de todos los dominios europeos de la Búsqueda de Google; también, se procede a la utilización de señales de geolocalización que restringen el acceso al enlace desde el país de la persona que ha solicitado la supresión.

En caso de que una persona no esté de acuerdo con la decisión de Google, ésta puede acudir a una autoridad local con competencia en protección de datos, como la AEPD.

¿Cuánto tarda Google en responder una petición de derecho al olvido?

No hay un período establecido. La respuesta a una solicitud de derecho al olvido puede tardar desde 1 día a más de un mes, dependiendo del motivo por el cual se ha solicitado la supresión y de la información facilitada a la hora de realizar la petición. Los casos relacionados con datos personales y pornografía reciben respuesta más rápidamente; las peticiones de derecho al honor, más lenta.

¿Por qué Google no elimina todas las peticiones de derecho al olvido?

Vemos en las estadísticas que no todo el contenido es eliminado por Google, sino que la mayoría continúa mostrándose a pesar de la petición. Esto se debe a que Google tiene establecidos algunos factores por los cuáles no se retiran páginas: posibles soluciones alternativas, motivos técnicos, URL duplicada por la misma persona o contenido de gran interés público, entre otros. Asimismo, las causas más comunes para proceder a retirar una página son: ausencia clara de interés público, información confidencial tal como expedientes médicos o datos de salud, contenido relacionado con menores de edad e información relacionada con condenas o antecedentes prescritos, exoneraciones y fallos absolutorios.

¿Está la prensa ligada al derecho al olvido?

Los medios digitales no están sujetos al derecho al olvido. Los periódicos digitales pueden conservar en su hemeroteca digital toda la información ya que, en este caso, prevale el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información. Sin embargo, los buscadores, que sí están sujetos al derecho al olvido, deben eliminar de sus búsquedas los enlaces a noticias de medios digitales que contengan datos personales, siempre y cuando lo reclamen las personas afectadas y que la empresa propietaria del buscador lo considere oportuno.