La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 1.000 euros a una comunidad de propietarios por divulgar información personal sensible de los miembros de la comunidad, entre los que figuraba el número de DNI y las firmas manuscritas, infringiendo así el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

La investigación se inició tras recibir dos reclamaciones en las que se denunciaba la difusión de documentos que contenían datos personales innecesarios para la gestión comunitaria. En febrero de 2024, la administradora de la comunidad envió una sentencia judicial que incluía nombres y apellidos de varios propietarios. Posteriormente, en junio, remitió un escrito firmado por 17 vecinos, en el que se detallaban nombres, apellidos, NIF, direcciones, plazas de garaje y firmas manuscritas.

La administradora argumentó que, según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), estaba autorizada para tratar y compartir estos datos con el fin de garantizar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones comunitarias. Sin embargo, la AEPD determinó que se había vulnerado el principio de minimización de datos del RGPD, ya que la inclusión de información como el DNI y las firmas excedía lo necesario para la finalidad del tratamiento.

La Agencia concluyó que la comunidad podría haber cumplido con sus deberes informativos sin exponer datos personales sensibles y, por lo tanto, consideró la infracción como grave, imponiendo la mencionada sanción económica.