Las sanciones han recaído especialmente en pymes y particulares.
A finales del año pasado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó su Memoria anual 2013, en la que se reflejan las tendencias más destacadas en materia de protección de datos, las decisiones y procedimientos más relevantes, así como un completo análisis de los desafíos en materia de privacidad.
En el transcurso del año 2013 los ficheros inscritos en la AEPD en materia de videovigilancia registraron un incremento de un 20% más respecto al año anterior. La Memoria, además, recoge que la videovigilancia ha sido el ámbito con un mayor porcentaje de resoluciones de procedimientos de apercibimiento, en los que se declara la infracción pero no se impone sanción económica, con un 59,82%. Estas sanciones recayeron especialmente en pymes y particulares.
Las infracciones en el ámbito de videovigilancia consideradas como más habituales en la Memoria 2013 de la AEPD fueron:
- Captación de la vía pública. Algunas de las cámaras instaladas se encontraban orientadas hacia la calle, captando imágenes de forma desproporcionada y enfocando directamente a la acera y a la calzada de la vía pública. Como regla general, esta función se reserva a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Ausencia del cartel informativo. Se verificó la ausencia de carteles en los que se avisara de la presencia de las cámaras y en los que se recogiera la identidad del Responsable del Fichero, requerimiento que es obligatorio cumplir en todos los accesos a una zona video vigilada.
Si quiere saber más sobre las obligaciones que cualquier empresa debe cumplir en materia de LOPD en sistemas de videovigilancia, en este post de Conversia encontrará más información.
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