Los timbres con cámara, también llamados videporteros, es decir, timbres inteligentes que incluyen cámara como el Ring Doorbell, distribuido por Amazon, o Nest, de Google, son cada vez más populares en EE.UU (se vendieron casi 1,5 millones de estos dispositivos desde su salida al mercado en 2020). Sin embargo, en España su utilización está siendo cuestionada. La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) ha admitido a trámite una reclamación interpuesta por la utilización del videoportero de Amazon. La base de la denuncia plantea una duda clave para la extensión de su uso en nuestro país: ¿es lícito registrar con la cámara a gente sin su consentimiento?
Estos timbres son pequeños dispositivos que se instalan en la puerta del hogar. Consta del tradicional timbre y de una pequeña videocámara que se activa al detectar movimiento o cuando alguien llama a la puerta. Cuando sucede esto, el usuario recibe en su móvil un aviso y puede ver quién está detrás de la puerta desde su teléfono. Estas grabaciones pueden conservarse y también compartirse.
AEPD abre una investigación sobre los timbres con cámara
La AEPD estudia si existen indicios de infracción suficientes para la apertura de un procedimiento sancionador contra este producto. El principal problema que se plantea está relacionado con el ángulo y distancia de enfoque, es decir, si puede sobrepasar los límites de grabación al recoger imágenes de la calle o del vecindario. Al igual que en los sistemas de videovigilancia (tema que abordamos en este artículo anterior del blog) las grabaciones deben ceñirse a las instalaciones o propiedad privada del usuario, sin invadir el espacio público.
La compañía que fabrica Ring ha pasado ya por los tribunales europeos y americanos. En Inglaterra, una juez dio la razón el año pasado a una ciudadana de Oxfordshire que denunció a su vecino por haberla grabado con un videoportero Ring. Se quejó de que el dispositivo enfocaba a su garaje y parte de su jardín. El juez consideró que, efectivamente, la cámara del timbre inteligente invadía injustificadamente su derecho a la privacidad y multó al vecino por haber cometido un delito de vulneración de la intimidad.
En EEUU, Amazon acabó admitiendo que envió a la policía, al menos en 11 ocasiones, imágenes y audios obtenidos con sus timbres inteligentes sin el consentimiento previo del usuario. La compañía alegó como principal argumento la cooperación en la seguridad ciudadana, alertando a la policía en determinados casos de emergencia.
Existe el riesgo también de que estos dispositivos sean hackeados con intencionalidad de delito y no se proteja al usuario. La conservación de las grabaciones de los usuarios de los timbres con cámara entraña, además, el peligro de que esas imágenes sean interceptadas por un tercero. Y es que todo el material digitalizado y conectado es susceptible de ser pirateado.
Sin duda la tecnología avanza a un ritmo imparable y cada vez son más los productos que se presentan como “facilitadores” en la vida del usuario, pero, en realidad, no somos conscientes de los riesgos de privacidad que conlleva el uso de estos dispositivos inteligentes como los timbres con cámara o los asistentes de voz virtuales (Alexa, por ejemplo). Nos quedamos con el mensaje simple, con la funcionalidad de sus beneficios, y no reparamos en la protección de nuestros datos personales. Quizá sea contradictorio que un producto creado para aportar seguridad, como los videoporteros, puedan convertirse en una brecha para nuestra propia protección.
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