Orange

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Orange por incluir ilegalmente a una usuaria en un registro de morosos:

  • · La AEPD ha impuesto a esta compañía de telefonía una multa de 60.101,21 €.
    • En la resolución se ha establecido que Orange incurrió en una infracción grave de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, ya que la supuesta deuda estaba siendo objeto de una reclamación administrativa.
    • La afectada, Virginia J. M., había presentado una reclamación contra Orange ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (SETSI) porque no estaba conforme con la facturación del servicio de acceso a Internet móvil.
    • Al comunicar a un fichero de impagados una deuda objeto de disputa, Orange vulneró el artículo 38 del Real Decreto 1.720/2007, en el que se establece la exigencia de que «no se haya entablado reclamación judicial, arbitral o administrativa».

De este modo, y sin esperar a la resolución de la SETSI, la compañía trasladó los datos personales de la usuaria a Asnef Equifax, por una supuesta deuda de 329,67 €. En este trámite cometió, además, un nuevo error, ya que comunicó los datos sin haber realizado previamente el preceptivo requerimiento de pago, que debe realizarse obligatoriamente con anterioridad a la inclusión en un registro de solvencia patrimonial.

Imagen: Orange