Como ya hemos visto en posts anteriores de Conversia, problemas como tener garantizada la privacidad en el puesto de trabajo son cada vez más frecuentes entre los empleados.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (también conocido como Tribunal de Estrasburgo) ha dado luz verde a las empresas para que puedan leer el correo electrónico de sus empleados, siempre que se lo notifiquen previamente. De este modo, se zanja un polémico asunto que confrontaba el interés de las compañías a supervisar si sus trabajadores cumplían con sus deberes en horario laboral y la privacidad e intimidad de los empleados.

No solamente el correo, sino también las aplicaciones de mensajería

La ratificación del más alto Tribunal en libertades civiles de la Unión Europea válida que las empresas pueden revisar cualquier tipo de comunicación que realicen sus empleados durante el horario laboral, siempre y cuando estos lo hagan utilizando material o dispositivos de la compañía. Es decir, del mismo modo que da luz verde para que lean sus correos electrónicos, también podrán leer las conversaciones mantenidas en aplicaciones de mensajería como WhatsApp, Telegram o Facebook Messenger, siempre que estas se estén realizando desde el ordenador o móvil de empresa. La única condición que impone Estrasburgo es que la compañía debe avisar antes a sus trabajadores.

Despedido por enviar correos personales en el trabajo

Con esta decisión, el Tribunal de Estrasburgo ampara a un trabajador rumano, Bogdan Barbulescu, que fue despedido en agosto de 2007 por usar dispositivos y recursos de la empresa donde trabajaba con fines personales.

La empresa pidió a Barbulescu que creara una cuenta de Yahoo Messenger para responder a peticiones de información de los clientes. En julio de 2007, la compañía informó a Barbulescu que había vigilado la actividad que se había realizado a través de aquella cuenta y que se había encontrado comunicaciones de carácter personal mantenidas a través de recursos de la empresa. Tras que el empleado lo negara, la empresa le mostró una transcripción de sus conversaciones con su hermano y su novia en las que hablaban de asuntos personales.

Barbulescu decidió recurrir ante la justicia rumana y, tras perder todos los recursos interpuestos, llevó su caso al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, alegando que se había vulnerado su privacidad, según lo recogido en el artículo 8 de la Convención Europea.

Hasta Estrasburgo para proteger su privacidad

Estrasburgo se pronunció en enero de 2016, fallando en contra del demandante. A pesar de admitir que la empresa se había entrometido en su privacidad, la Corte consideró que no se había vulnerado el artículo 8 porque la vigilancia había sido “limitada y proporcionada”.

Al no quedar contento con la respuesta, Barbulescu solicitó que se volviera a examinar su caso y, finalmente, el Tribunal ha rectificado su decisión. Esta vez, la Corte decidió por 11 votos a favor y 6 en contra que las autoridades rumanas no habían actuado correctamente al dar la razón a la empresa por no proteger correctamente el derecho del demandante a respetar su privacidad y su correspondencia, derecho recogido en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La sentencia, contra la que no se puede realizar ningún tipo de recurso, establece que el estado de Rumanía tendrá que pagar 1.365 euros por gastos y honorarios, ya que los tribunales rumanos no verificaron si se había advertido previamente al trabajador sobre la posibilidad de ser vigilado.

Una sentencia problemática y muy esperada

Según fuentes del propio Tribunal de Estrasburgo, esta sentencia era muy esperada, puesto que en la actualidad todo el mundo vive permanentemente conectado y la línea que separa la vida profesional y la laboral es cada vez más delgada. Sin embargo, durante estos 10 años desde que se produjo el despido de Barbulescu hasta hoy, la tecnología ha avanzado de tal forma que casi todo el mundo ya dispone de dispositivos propios para estar conectado a todas horas del día, sin necesidad de utilizar los recursos de las empresas para las que trabajan.