La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que entró en vigor el pasado 26 de mayo, implica una serie de cambios en la protección de datos personales que afectan, especialmente, al sector inmobiliario.
PRINCIPALES NOVEDADES
Deber de suministro de información de los grandes tenedores:
Los grandes propietarios (personas físicas o jurídicas con más de diez inmuebles urbanos residenciales – en zonas tensionadas de alta demanda esta cifra podrá rebajarse a cinco-) deberán colaborar con las administraciones públicas en materia de vivienda.
A partir de ahora y, en aplicación de esta Ley, las administraciones públicas en zonas declaradas de mercado tensionado podrán exigir a los grandes propietarios información sobre el uso y destino de las viviendas de su titularidad.
En ese sentido, aunque los tratamientos de datos identificativos de la vivienda deben ser comunicados en cumplimiento de una obligación legal, se deberán aplicar garantías suficientes, especialmente si el inmueble ya está alquilado, ya que la dirección de la vivienda puede ser suficiente para identificar a los posibles arrendatarios y, por lo tanto, se debe considerar como información personal.
Derecho información de los consumidores:
Con la entrada en vigor de la presente Ley, los consumidores tendrán derecho a recibir información sobre las características de las viviendas, sus servicios e instalaciones y las condiciones jurídicas y económicas de su adquisición, arrendamiento, cesión o uso.
Todos los intermediarios autorizados para la venta, alquiler o la cesión de las viviendas, deben cumplir con el deber de información conforme lo previsto en la Ley, y en la normativa de defensa de consumidores y usuarios.
Se entenderá incompleta, deficiente o insuficiente aquella información que omita datos esenciales o los contenga en términos capaces de inducir a error a los destinatarios.
Por lo tanto, el deber de información obliga, no sólo a los propietarios de los inmuebles, sino también a los agentes intermediarios, que deberán aplicar medidas para el tratamiento de los datos personales que pueda incluir esa información.
Información mínima en operaciones de compra o alquiler:
Relacionado con el punto anterior, la nueva Ley permite que cualquier persona interesada en comprar o alquilar una vivienda en oferta podrá solicitar información relativa al inmueble en oferta, antes de formalizar la operación.
Esta información incluye la identidad del arrendador o del vendedor, así como del interviniente en la operación, ya sea persona jurídica o persona física, e información sobre las características del inmueble, como por ejemplo su identificación registral, cargas, gravámenes y afecciones que tenga.
Por lo tanto, se deberá informar a los propietarios del inmueble de dicho tratamiento, amparado bajo obligación legal, así como de la cesión de sus datos a aquellos clientes potenciales que lo soliciten. Para ello, se deberán implantar medidas para un tratamiento y cesión adecuadas y seguras.
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