En la actualidad, la normativa vigente en España en materia de protección de datos se recoge en la LOPD y el RGPD. La combinación de ambas establece que existen una serie de perfiles que desempeñan un papel muy relevante en el proceso de adecuación de cualquier entidad a dicha normativa. Pese a su importancia, son unas figuras bastante desconocidas y cuyas funciones son a menudo confundidas o desconocidas.

Es por este motivo que desde Conversia queremos aportar un poco de luz y aclarar qué función desempeña cada uno de estos perfiles a través de la siguiente infografía. De este modo, podremos ver las diferencias entre el Responsable del Tratamiento, el Encargado del Tratamiento, el Responsable de Privacidad y el Delegado de Protección de Datos (DPO).

Además, cada una de las definiciones de los perfiles va acompañada de un ejemplo práctico referente al supuesto que se especifica a continuación.

Supuesto:

GRUPO EMPRESARIAL tiene varias empresas, entre ellas ENTIDAD, S.A. y EMPRESA, S.A., que comparten la misma base de datos. EMPRESA, S.A. se dedica al comercio online y almacena muchos tipos de datos diferentes: clientes, proveedores, empleados, etc. También tiene distintos proveedores de servicios, como ORDENADORES, S.A, que se encarga del mantenimiento del sistema informático y que tiene acceso a la base de datos de EMPRESA, S.A. para poder desempeñar su actividad. Además, EMPRESA, S.A. ha firmado un acuerdo con Conversia para que le preste su servicio de adaptación de protección de datos. La plantilla actual de EMPRESA, S.A. es de 10 empleados, entre los cuáles está David Cuesta.

 

Infografía Conversia Diferencia entre DPO – Responsable del Tratamiento, Encargado del Tratamiento y Responsable de Privacidad